En una situación compleja como la que nos está tocando vivir con el COVID-19, se nos están planteando numerosas consultas respecto de compañías del sector de la hostelería & restauración, muchas veces organizadas con una compañía matriz cuya actividad consiste en atender a otras compañías. ITER Law se identifica plenamente con el sector, esencial en la cultura y economía españolas.
Éste es un sector gravemente afectado por las medidas de cierre generalizado decretadas, por lo que se encuentran, en muchas ocasiones, en una situación crítica o de grave riesgo como consecuencia del cierre excepcional. Tanto los restaurantes como las compañías matrices están abocadas a la pérdida completa de su flujo de ingresos.
Al fin y al cabo, la única actividad permitida es el reparto de comida a domicilio. Sin embargo, ésta no es una opción factible ni viable para empresas con un grado de sofisticación y un modelo de negocio determinados, que no pueden reconvertirse a la entrega de comida a domicilio. Y, en todo caso, esto solo representaría un parche menor en su complicada situación.
Por el contrario, las obligaciones de pago deben seguir afrontándose. Legalmente, no se han establecido moratorias ni medidas de mitigación en materia de obligaciones de pago de alquileres, suministros, etc. a las que puedan acogerse las empresas.
Con carácter general, si quieren estar en condiciones de poder reanudar su actividad pasada esta crisis sanitaria, las compañías requieren ayudas y adoptar medidas, muchas veces drásticas. Se podría decir que tienen que adoptar una ‘actitud empresarial’ de subsistencia, para preservar en lo posible su situación financiera.
Algunas de las medidas que estamos viendo necesarias -que por supuesto deben adaptarse a cada compañía y situación- y que ya hemos propuesto a nuestros clientes son las siguientes:
- En materia de empleo, y en orden de preferencia, reducciones de jornada y ERTEs. En último término, terminaciones de contratos.
- Medidas para proteger la caja disponible, buscando garantizar los gastos esenciales que vaya a ser necesario afrontar en el corto y medio plazo.
- Análisis y renegociaciones de contratos de arrendamiento y con suministradores y proveedores, para tratar de alcanzar un acuerdo razonable para ambas partes: suspensión de los efectos contractuales, renegociación de condiciones económicas, aplazamientos, etc.
- En el ámbito de la financiación externa, análisis de las obligaciones y vencimientos próximos, renegociación de condiciones y negociación de aplazamientos.
- Acudir a las medidas de liquidez adoptadas por el Gobierno: líneas de avales para nueva financiación y refinanciaciones, aplazamientos de pagos de créditos, etc.
Con carácter general, también es necesario acometer otras acciones, tales como la revisión y replanificación de las obligaciones societarias (formulación y aprobación de cuentas), la revisión de pólizas de seguros en vigor, aplazamientos de pagos de determinados impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social de la cuota patronal, etc.
Las compañías matrices necesitan acometer cuanto antes un análisis de su situación actual e implementar un plan de acción global, coordinado con las compañías a las que nutren. El plan debe dar respuesta a las necesidades de unas y otras compañías, sin dejar de atender las relaciones intercompañías en la medida de lo posible.
En todo caso, las acciones -adoptadas y planificadas-, tendrán que ser revisadas con cierta frecuencia, en función de nuevas medidas adoptadas por el ejecutivo, de las previsiones de duración de esta situación excepcional, del resultado de las distintas negociaciones y del grado de deterioro de la situación financiera empresarial. En una situación tan atípica y cambiante, ninguna planificación es definitiva.
Rocío Varela García
Abogada y Directora de equipo en ITER Law
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